EN QUÉ CONSISTE
Es el registro de los incumplimientos de obligaciones de deudores informadas por el abonado damnificado, a partir de la cual se emite una carta de intimación, si el abonado así lo prefiere, para que el deudor cancele su deuda en un plazo de cinco días hábiles. Esta carta se entrega bajo firma a las personas indicadas por el Abonado (Titular y/o Codeudor o Garante). En todos los casos el Abonado es informado de las gestiones realizadas. El abonado puede acercar esta información al Instituto de Informaciones Comerciales por cualquiera de los medios ya conocidos.
CÓMO OPERA
Dependiendo del volumen de datos que se maneje, el abonado damnificado envía un listado con códigos de barra o un archivo con todos los casos a nuestro Instituto.
A partir de allí, el Instituto de Informaciones Comerciales envía una carta al cliente en mora, solicitándole la cancelación de su deuda en el plazo de cinco días hábiles. Caso contrario, quedará registrado como deudor. La carta enviada debe recibirse bajo firma.
En todos los casos, quedan registrados los antecedentes y el abonado es debidamente informado de las acciones tomadas.
REGULARIZACION
Cuando el cliente se presenta para cancelar su deuda, el abonado debe solicitar a nuestro Instituto, levantar los datos negativos. Esto significa informar por cualquiera de los medios ya conocidos, que el cliente regularizo su deuda.
Según lo que establece la Ley 25326 de Habeas Data, este antecedente se debe conservar por un período de 2 años desde la fecha de pago.
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